Regulación 06.12.2022 > Plataformas.news

IFT rechaza sentencia de poder sustancial contra televisa

El órgano constitucional externó que la televisora sí tiene la capacidad de fijar precios o de establecer otras tácticas comerciales a su favor en la televisión de paga de 35 mercados relevantes ubicados en siete estados del país.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones, combatirá una sentencia del Poder Judicial que desechó la resolución con la que declaró a Grupo Televisa como un agente económico con poder sustancial de mercado en la prestación del servicio de audio y video restringidos en 35 localidades de siete estados de la República Mexicana. El IFT externó que Televisa sí tiene la capacidad de fijar precios o de establecer otras tácticas comerciales a su favor en el negocio de la televisión de paga de todos esos 35 mercados relevantes, sin que el resto de los competidores de allí tenga la capacidad de frenar sus acciones.

El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México, concedió en octubre pasado el juicio de amparo indirecto con expediente 6/2021 a Grupo Televisa, desde el que se ordenó al IFT realizar un nuevo análisis en el que considere ahora un contexto con tendencias de mercado y otros patrones de consumo de los servicios de audio y video restringido, y los efectos también de la existencia de las plataformas proveedoras de contenidos bajo demanda u OTT.

Al respecto, el Instituto Federal de Telecomunicaciones indicó que presentará un recurso de reclamación ante el Poder Judicial, confirmando así que, por ahora, no hará un nuevo análisis para determinar si Televisa es o no un agente con poder sustancial en ese segmento de negocio.

Es importante destacar que, Televisa presentó una demanda de amparo el 18 de diciembre de 2020 contra la resolución del IFT emitida en noviembre de ese mismo año, pero la solicitud de la compañía se admitió a trámite hasta el 19 de febrero de 2021 por las repercusiones que la emergencia sanitaria tuvo en los trabajos del Poder Judicial. Entre sus argumentos, indicó que el órgano regulador declaró agente con poder sustancial de mercado a una de las empresas del grupo que no cuenta con una concesión para ofrecer servicios de telecomunicaciones en el mercado masivo. Televisa también indicó que el IFT excedió los plazos legales en sus investigaciones para resolver si la empresa era o no un agente con poder sustancial, en tanto que, según Televisa, la notificación de la resolución también ocurrió fuera de los plazos legales.

Sin embargo, el juez Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, sí aceptó dos argumentos de Televisa contra la resolución de poder sustancial, fueron respecto a que en su investigación el IFT no consideró información más reciente sobre el estado de los mercados analizados y tampoco puso atención a elementos de análisis prospectivo sobre la evolución y el dinamismo futuro del mercado en los 35 mercados relevantes objeto de esta historia.

El juzgador resolvió que el regulador, en sus trabajos para analizar la sustituibilidad de los servicios OTT y STAR, se basó en criterios que de antemano advertían que ambos servicios no son sustitutos y omitió comprobar si los OTT son también una alternativa de servicio a los paquetes de oferta de los STAR, como para ejercer presión competitiva en el mercado y con lo que su resolución final sobre poder sustancial hubiese tenido otro resultado.

Por todo esto, el juzgador concedió el amparo a Grupo Televisa.

La resolución del juzgado ocurrió el 13 de octubre pasado, actualmente el IFT afirma que combatirá su sentencia y continuará así un litigio en el Poder Judicial, hasta que en última instancia el caso llame la atención de la Suprema Corte de Justicia de la Unión y sea esa autoridad la que resuelva en definitiva si Televisa es o no un agente con poder sustancial de mercado en la televisión de paga de esos 35 municipios.

@Plataformas.News 2022

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