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17.08.2021 | Plataformas.news | Regulación

PerĂș: Osiptel revalĂșa reventa obligatoria de servicio de TV paga

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) de Perú publicó la Resolución N° 142-2021-CD/OSIPTEL que dispone suspender los efectos del numeral 1.2 del artículo 1 de la Res. N° 0098-2021-CD/OSIPTEL, por el cual se nombraba a Telefónica del Perú como proveedor importante de TV Paga y se le obligaba a ofrecer a otros proveedores la comercialización de sus servicios en diez regiones.

Específicamente, el organismo regulador suspende la obligación de reventa del servicio, a partir de la solicitud de reconsideración presentada por Telefónica, y cuestionamientos que ha expresado diversos especialistas regulatorios sobre el exceso del Osiptel al afectar los derechos de propiedad de los productos o gestores de contenido para TV.

Ello porque con la reventa, se estaría afectando la condición de exclusividad, modelo bajo el cual los productos generan sus ingresos, y porque la mayoría de los contratos con las operadoras de TV paga consideran claramente la prohibición de reventa.

Esta regulación afectaría la sostenibilidad de los productores de TV de contenidos educativos, culturales, deportivos, como señales de noticias, que se sustentan precisamente por los ingresos obtenidos por la exclusividad en su difusión.

 

Cuestionamientos de operadoras al OSIPTEL

En el último año, las empresas operadoras de servicios públicos de telecomunicaciones peruanas han demostrado una fuerte resistencia al cumplimiento de sus obligaciones legales, así como una reiterada inclinación a cuestionar las normas o procedimientos que viene emitiendo el regulador, que tienen por finalidad mejorar la prestación de los servicios en beneficio de los millones de usuarios peruanos.

En este sentido, Osiptel señaló que esta conducta se puso de manifiesto por parte de las operadoras Claro y Entel con la presentación de denuncias por presuntas Barreras Burocráticas ante el INDECOPI, por las acciones del OSIPTEL contra la venta ambulatoria e informal de líneas telefónicas (chips). Recientemente se sumó a estas acciones Telefónica del Perú, “pese a la importante y abundante evidencia actual de los riesgos a los que siguen exponiendo a los usuarios, tal como retrató un reportaje de televisión a inicios de este mes”, expuso el regulador.

Asimismo, recurriendo nuevamente al cuestionamiento por presuntas barreras burocráticas ante el INDECOPI, las operadoras Telefónica del Perú y Entel también han buscado impedir mejoras procedimentales y tecnológicas en el proceso de fiscalización de la calidad del servicio de acceso a Internet, el cual ha demostrado ser una herramienta sumamente importante en este contexto de pandemia, para el desarrollo de numerosas actividades.

“El uso de dicha medida, que puede ser invocada como parte del derecho de petición administrativa, solo demuestra la falta de compromiso de las mencionadas empresas operadoras, en adoptar mecanismos que permitan una mejora en los niveles de prestación y acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones que merecen los peruanos”, expresó el OSIPTEL.

Los cuestionamientos presentados, que continúan en proceso de evaluación por parte de la entidad competente, no detendrán la misión del ente regulador de las telecomunicaciones, cuyo propósito es promover la competencia del mercado, la calidad de los servicios y el empoderamiento del usuario, de manera continua, eficiente y oportuna.

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