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19.03.2020 | Plataformas.news | Regulación

Los OTT deberán incluir un 30% de contenido nacional en México

Las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos de México aprobaron que plataformas digitales de video incluyan 30% de contenido nacional. La iniciativa entraría en vigor a partir de abril próximo.

De acuerdo con el periódico El Universal, el documento se busca establecer “como obligación para los prestadores de servicios de televisión de paga vía internet (OTT), ya sean nacionales o extranjeros, el contar dentro de sus catálogos con al menos 30% de contenidos nacionales”, que incluye a plataformas como Claro video, Amazon Prime Video, Blim, HBO Go y Netflix.

La iniciativa indica que los proveedores de servicios de televisión restringida a través de plataformas de internet que obtengan el carácter de autorizados ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) tendrán cuatro meses para cumplir con 20% de producción nacional a partir de la entrada en vigor del decreto. En tanto, tendrán un año para cumplir con 30% pactado.

Asimismo, el proyecto busca ampliar la definición de ley sobre servicios de televisión de paga “a efecto de que éstos también contemplen aquellos que son prestados por internet a cambio del pago periódico de una cantidad preestablecida”.

Además, se propone que el IFT adecue los requisitos para solicitar autorizaciones para que incluyan la información que deberán presentar los interesados en prestar servicios de televisión de paga por internet, dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto.

La iniciativa refuerza el tema del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de las plataformas digitales que ofrecen servicios en el país, en que se “considerará al prestador como contribuyente y el usuario que visualice o descargue en territorio nacional el contenido multimedia de audio y/o video asociado, estará obligado a recaudar y enterar el impuesto”.

Asimismo, casi al año de entrada en vigor de este decreto, a los 360 días, el Congreso establecerá un impuesto especial a las empresas que ofrezcan servicios a través de internet, “cuyas ventas anuales a clientes o suscriptores dentro del territorio nacional sean iguales o superiores a 800 millones de pesos”.

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